El artículo 90 Transitorio de la Ley 2381 de 2024 “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, y se dictan otras disposiciones”, dispuso la conformación del Comité de Transición Operativa del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez.

Que acorde con el mencionado artículo, el Comité de Transición Operativa estará integrado por un representante de cada una de las siguientes entidades: Colpensiones, Administradoras del Pilar Contributivo del Componente Complementario de Ahorro Individual (Asofondos), Superintendencia Financiera de Colombia, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Trabajo.